Aquí os la pongo tal y como está en el periódico de La Nueva España del 07 de Octubre de 2007:
Un acto habitual para muchas personas en el mundo como es descargar y compartir archivos a través de internet le ha acarreado a una mujer estadounidense la friolera de unos 222.000 dólares de multa por utilizar un programa de intercambio de ficheros con 24 canciones. La industria discográfica se presentaba como parte acusadora y, en boca de su abogado, se felicita por esta decisión judicial, que se considera ejemplar con vistas a la opinión pública.
Las descargas de música de internet pueden pagarse muy caro, al menos en EE UU. Un jurado de Minnesota ha condenado a la madre soltera de dos hijos, Jammie Thomas, de 30 años, a abonar 222.000 dólares (más de 158.000 euros), por vulnerar la ley de Propiedad Intelectual al compartir 24 canciones mediante el conocido servicio de intercambio de música KaZaA. De esta forma, la justicia valora la distribución de cada canción en 9.250 dólares (unos 6.600 euros).
Las compañías discográficas llegaron a la internauta a través de su servicio antipiratería SafeNet, que logró obtener canciones registradas por las empresas contratistas que provenían de la dirección de Thomas.
Según informaciones publicadas en «Dultuh News Tribune», como acusación en el caso se presentaron las firmas discográficas Capitol Records, Sony BMG Music Entertainment, Arista Records, Interscope Records, Warner Bros. Record Inc y UMG Recordins. El abogado defensor de estas compañías, Richard Gabriel, señaló que «este caso supuso una oportunidad para sacar a la luz pública la evidencia». «Esto envía un mensaje, espero, de que descargar y distribuir nuestras grabaciones registradas no está bien», añadió.
La industria discográfica estadounidense, que mantiene 26.000 procesos de este tipo abiertos, pretende así una medida ejemplar que, pagada por una cabeza de turco, dé una lección ejemplar a toda la sociedad. Sin embargo, el abogado defensor de Jammie Thomas, Brian Toder, discrepó con esta sentencia, señalando que su cliente «está llorando». «Está preocupada por su casa, por las letras de su coche», porque «es una mujer que paga poco a poco, y ahora la justicia le reclama un cuarto de millón de dólares», lamentó Toder.
En España, un caso de este tipo sería imposible. La ley de Propiedad Intelectual castiga la piratería, pero también impone límites respecto a lo que es o no delito. El artículo 31 de dicha norma aclara que no necesita autorización del autor «la reproducción de obras ya divulgadas cuando sea para su uso privado y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa». Según la SGAE, en 2005 se produjeron 550 millones de descargas de música.
El próximo post que haré será acerca de los precios de Cds y cuanto ganan los autores, discográficas y todo ese mundillo vendiéndolos.
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